El Contrato de Trabajo
El contrato individual
de trabajo es una convención por la cual el empleador y el trabajador se
obligan recíprocamente, éste a prestar servicio personales bajo dependencia y
subordinación del primero, y aquél a pagar por estos servicios una remuneración
determinada.
De esa forma el Código
del Trabajo define lo que es el contrato que firmamos al incorporarnos a
nuestra fuente laboral.
El Contrato de Trabajo
debe quedar firmado por ambas partes a más tardar dentro de los primeros quince
días de incorporado el trabajador. Aunque no siempre es así, muchas veces pasa
un mes o dos y el contrato no se firma, lo cual podrá ser denunciado ante la Inspección del Trabajo.
Elementos que debe
contener el Contrato de Trabajo
- Lugar y fecha del Contrato.
- Individualización de las partes con
indicación de nacionalidad y fechas de nacimiento e ingreso del
trabajador.
- Determinación de la naturaleza de los
servicios y del lugar o ciudad en que hayan de prestarse.
- Monto, forma y período de pago de la
remuneración acordada.
- Duración y distribución de la jornada de
trabajo.
- Plazo del contrato.
- Demás pactos que acordaren las partes.
Tipos de Contratos de Trabajo.
.
- Contrato indefinido: Es aquel cuyo
término no ha sido previamente fijado por las partes. Lo normal es que el
contrato de trabajo sea de duración indefinida, es decir, por toda la vida
útil del trabajador.
- Contrato a plazo fijo: Un contrato es de
plazo fijo cuando las partes fijan su periodo de vigencia al momento de
celebrarlo. El contrato de trabajo a plazo fijo tendrá como duración
máxima un año, y dos años tratándose de gerentes o personas que tengan un
título profesional o técnico otorgado por una institución de educación
superior del Estado o reconocida por éste.
- Contrato por obra o faena:
En esta clase de contratos el trabajador se obliga a ejecutar una obra
específica y determinada, cuya vigencia se encuentra limitada a la
duración de aquella. Si bien este contrato tiene una subsistencia limitada
en el tiempo, su duración exacta no es conocida por las partes al tiempo
de la contratación.
- Contrato Honorario: Es un acuerdo o convenio a través del cual una
persona se compromete a prestar, por un tiempo determinado, un servicio
específico a otra, la cual a su vez se obliga a pagar por el servicio
prestado. Este contrato se configura cuando no existe una relación de
subordinación y dependencia, y por lo tanto no corresponde vincular al
trabajador y al empleador por medio de un contrato de trabajo.
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